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JOSUÉ 1:9 Mira que te mando que te esfuerces y seas valiente; no temas ni desmayes, porque Jehová tu Dios estará contigo en dondequiera que vayas.

jueves, 14 de abril de 2011

Antecedentes Tributarios en la R.D.

Cronología
Aunque el cobro de los impuestos en la República Dominicana se remonta a los tiempos de la colonia, la existencia en nuestro país de un organismo administrador y colector de tributos y tasas internos tiene su origen en el año 1935 con la creación de un Departamento de Rentas Internas, el cual dependía de la Secretaría de Estado de Tesoro y Crédito Público, como se denominaba en aquel entonces a la hoy Secretaría de Estado de Hacienda.

Entre los impuestos que administró este Departamento se encontraban: los aplicables sobre los alcoholes, a las patentes, cigarrillos entre otros que fueron incorporados posteriormente.
En el año 1949 se estableció el primer Impuesto Sobre la Renta a través de la Ley No. 1927, y de la misma Ley se creó un organismo que lo administraría, es decir, la Dirección General de Impuesto Sobre la Renta. 

En diciembre del año 1950 se sustituye el Impuesto Sobre la Renta por el Impuesto Sobre el Beneficio, lo cual implicó igualmente, un cambio en el nombre de la entidad recaudadora de dicho tributo, la cual pasó a denominarse Dirección General sobre el Beneficio, quedando oficialmente esta Institución encargada de administrar el impuesto a partir del año 1951.

En 1958, la Dirección General de Rentas Internas se fusionó con la Administración General de Bienes Nacionales, conforme al Decreto No. 3877, dando origen a la Dirección General de Rentas Internas y Bienes Nacionales.

En abril del año 1959, se creó la Dirección General Impositiva, por medio de la Ley No. 5118, previéndose que tal entidad comenzaría a funcionar a partir del primero de enero de 1960. Esta entidad surgiría de la fusión de la Dirección General de Rentas Internas, la Dirección General de Aduanas y Puertos, la Dirección General de Impuesto sobre el Beneficio, la Dirección General de la Cédula Personal de Identidad.

Sin embargo, esta entidad nunca llegó a funcionar toda vez que el 10 de octubre de ese mismo año (1959) se emitiera la Ley No. 5234, la cual suspendía los efectos y aplicación de la precipitada Ley 5118, que creaba a la Dirección General Impositiva, por lo que se mantuvieron vigentes las leyes que individualizan dichas entidades.

En enero de 1962, se dicta el Decreto 7601 que deja sin efecto la fusión existente entre la Dirección General de Rentas Internas y la Dirección General de Bienes Nacionales, y en mayo del mismo año se deroga la Ley que establece el Impuesto sobre el Beneficio y se emite la Ley No. 5911, que establece el Impuesto Sobre la Renta y crea nuevamente la Dirección General del Impuesto Sobre la Renta.

En el año 1963, se crea la primera Dirección General de Impuestos Internos la cual fusionaría las Direcciones Generales de Impuestos Sobre la Renta y de Rentas Internas. Esta institución estaría vigente hasta junio del año 1966 cuando en la Ley 301 se dispone que las Direcciones Generales de Impuestos Sobre la Renta y de Rentas Internas funcionarían independientes, de acuerdo a las disposiciones de sus respectivas leyes orgánicas.

Esta independencia de los organismos administradores de los tributos internos se mantiene vigente hasta el año 1997 cuando se crea nuevamente a la Dirección General de Impuestos Internos, institución que tiene a su cargo la administración y cobro de los principales Impuestos Internos y Tasas del país.

En fecha 19 de julio del año 2006  se promulgó la Ley No. 227-06 que otorga personalidad jurídica y autonomía funcional, presupuestaria, administrativa, técnica y de patrimonio propio a la Dirección General de Impuestos Internos. 

martes, 12 de abril de 2011

Tributación y más

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El CAC está diseñado para que los contribuyentes obtengan todas las informaciones referentes a los impuestos y servicios que administramos, de tal forma que se realicen, en un mismo espacio, las tareas de información personalizada y de trámite de documentación.

El CAC cuenta con un sistema que contiene la base de datos donde están registrados los diferentes requisitos, requerimientos y Departamentos donde deben ser enviadas las solicitudes de los contribuyentes. Para quejas, sugerencias  y denuncias al 809-689-0131 y desde el interior sin cargos al número 1-809-200-6160 estación 2757. Puede también enviar un correo electrónico a denuncias@dgii.gov.do.

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